Preguntas frecuentes

CENTROS DE SALUD-CAPS

¿Quiénes son los responsables de presentar las rendiciones de cuentas?

Deben presentar la rendición de cuentas ante el TCER los Directores y/o Responsables Administrativos Financieros por los fondos que administren personalmente o a través de subresponsables.

¿Qué plazos existen para presentar las rendiciones de cuentas?

La Acordada Nº 182/98 establece:

- Rendiciones bimestrales: se deberán remitir las planillas de información dentro del plazo máximo de dos meses computables a partir del vencimiento de cada período bimestral. Por ejemplo, la rendición de cuentas correspondiente al primer bimestre debe presentarse antes del 30 de abril.

- Rendición de cuentas anual: la información se presentará en la Mesa de Entradas del TCER dentro del plazo máximo de cuatro meses computables a partir del vencimiento de cada ejercicio anual. Por ejemplo, la rendición de cuentas anual correspondiente al Ejercicio 2014 debe presentarse antes del 30 de abril de 2015.

¿Qué documentación debe contener cada rendición de cuentas?

a) Información bimestral
1) Ejecución de Recursos
2) Ejecución del Presupuesto de Gastos
3) Ejecución Partida Personal
4) Estado de Saldos Financieros
5) Situación del Tesoro al Cierre del período
6) Planillas Estadísticas de Internaciones, Egresos y Consultas Externas

b) Rendición de cuentas anual
1) Nómina de Autoridades del Ejercicio
2) Ejecución de Recursos al 31/12
3) Ejecución del Presupuesto de Gastos al 31/12
4) Ejecución Partida Personal al 31/12
5) Estado de Saldos Financieros al 31/12
6) Situación del Tesoro al Cierre del Ejercicio
7) Conciliaciones de Cuentas Corrientes Bancarias al 31/12
8) Nómina de Acreedores del Ejercicio
9) Detalle de Contrataciones del Ejercicio
10) Detalle de Adquisiciones de Bienes de Capital
11) Detalle de Subsidios recibidos en el Ejercicio
12) Detalle de Cargos

Las planillas y el instructivo se encuentran disponibles a continuación:

Acordada Nº 182/98
Anexos de cierre
Instructivo
Nota S1 (Hospitales)

Se deben rendir ante el Tribunal de Cuentas todos los fondos que el Centro de Salud recibe, sean nacionales o provinciales.

¿Cómo se debe proceder ante un cambio de autoridades del centro de salud?

Al presentar la primera rendición, las nuevas autoridades deben remitir una copia de la Resolución que dispone su nombramiento y autorización de manejo de fondos.

Al momento del cambio de autoridades se debe labrar un Acta donde conste lo siguiente:

- Arqueo de Caja y Valores
- Conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes y/o cajas de ahorro
- Cambio de firmas habilitadas en las entidades bancarias
- Inventario de los bienes en custodia de las autoridades

¿Qué debe tenerse en cuenta para realizar compras?

Se debe cumplimentar el Régimen de Contrataciones del Estado, realizando compulsas de precios para lograr la transparencia de los actos.

¿En qué consiste el fraccionamiento de compras?

Es el desdoblamiento de una contratación con la finalidad de eludir la aplicación de los montos máximos fijados al efecto por el Régimen de Contrataciones del Estado.

¿Se pueden adquirir bienes de capital o realizar reparaciones edilicias con la partida Rentas Generales?

Las partidas Rentas Generales no contempla estos gastos. Es por ello que se debe contar con autorización expresa del Ministerio de Salud para llevarlos a cabo.

¿Se pueden utilizar autos particulares para realizar tareas en el cento de salud?

Para hacer uso de autos particulares, es necesario el dictado de una Resolución por parte del Ministerio de Salud donde consten los datos del vehículo, la titularidad del Director del Centro de Salud y la constancia de poseer seguro contra terceros.

JUNTAS DE GOBIERNO

¿Quiénes son responsables de presentar las Rendiciones de Cuentas?

Se determina como responsables de los fondos que administren, personalmente o a través de subresponsables, a los señores Presidente y Tesorero de cada una de las Juntas de Gobierno.

¿De qué manera se debe organizar cada Rendición de Cuentas?

Cada Junta de Gobierno organizará de manera cronológica y sistemáticamente por fecha de ingresos y egresos, la totalidad de los comprobantes a presentar en expedientes mensuales, comprendiendo los movimientos financieros del período. El legajo renditivo debe estar debidamente foliado.

¿Qué requisitos deben cumplir los comprobantes que se presentan en las rendiciones?

- Deben estar intervenidos por las autoridades de la Junta.
- En el caso que se incurra en gastos de farmacia, debe agregarse la receta prescripta por el médico.
- En los comprobantes de combustibles debe constar el vehículo o máquina en la que se realizó la carga.
- En los comprobantes de gastos que no sean de funcionamiento de la Junta, al dorso deberá indicarse el motivo del mismo.

¿Qué documentación debe contener cada rendición de cuentas?

Se deberán presentar mensualmente lo siguiente:

- Detalle de Recursos: listado que contenga la siguiente discriminación: los Aportes Mensuales no Reintegrables (A. M. N. R), detallando la fecha y número del Libramiento de Fondos; Ingresos por Agua Potable; Contribución 8% Energía Eléctrica; Subsidios u otros fondos recibidos del ámbito nacional o provincial –informando norma de otorgamiento-; y todo otro ingreso percibido por la Junta. Modelo Anexo I.

- Relación de Comprobantes de Gastos e Inversiones: los comprobantes deben estar enumerados y deben referenciarse, por número de orden, en la Planilla del Modelo Anexo II.

- Balance de Fondos mensual: que refleje el movimiento financiero del período. Modelo Anexo III.

- Planilla de Altas y Bajas Patrimoniales: se deberá confeccionar mensualmente y deberá estar acompañada de fotocopia del Libro Inventario. En el caso de la adquisición de bienes registrables (rodados, inmuebles), se debe adjuntar a la rendición, la documentación que acredite la titularidad del Estado. Modelo Anexo V.

La información Anual debe contener:
- Balance Anual de Fondos: con la documentación correspondiente al mes de diciembre de cada año, se deberá presentar además un Balance Consolidado Anual (teniendo en cuenta la planilla Modelo Anexo IV) que refleje el movimiento financiero de todo el año, totalizando los ingresos y egresos mensuales.

Las planillas y el instructivo se encuentran disponibles a continuación:

Acordada Nº 261/2013
Anexos
Instructivo
Decreto Nº 404-95 MEOSP
Decreto Nº 795-96 MEOSP y sus modificaciones
Resolución Nº 1415-03 AFIP y sus modificaciones

IMPORTANTE: Las Juntas llevarán obligatoriamente un Libro Banco por cada cuenta corriente bancaria, donde registrarán la totalidad de los movimientos que realicen con las mismas (por ejemplo, depósitos, emisión de cheques, gastos bancarios, etc.).

Se debe debe llevar actualizado un Libro de Inventario y en todos los casos de altas o bajas patrimoniales, se debe acompañar copia del Libro de Inventario donde consten las mismas.

SUBSIDIOS DE PARTICULARES

Consultar aquí

FORMULARIOS CIERRE AUDITORIAS 2013

Formularios Nº 1 y Nº 2 Auditoria Cierre Municipios 2013 Anexos al Formulario Nº 1 2013 Formulario Auditoria Cierre Cajas de Jubilaciones 2013 Resolución Nº 12/91
Anexo Resolución Nº 12 - Planilla Ejecución Presupuestaria
Anexo Resolución Nº 12 - Planilla Evolución Pasivo
Anexo Resolución Nº 12 - Planilla Recursos Afectados
Régimen de Rendición de Cuentas Cajas de Jubilaciones Municipales - Resolución Nº 18/91